lunes, 16 de febrero de 2009

Requisitos
• Poseer la nacionalidad española.
• No estar privado de los derechos civiles.
• Acreditar buena conducta ciudadana, conforme a lo establecido en la Ley 68/1980, de 1 de diciembre, sobre expedición de certificaciones e informes sobre conducta ciudadana.
• Carecer de antecedentes penales.
• No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
• Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas.
• Tener cumplidos dieciocho (18) años de edad y no haber cumplido ni cumplir los treinta (30) dentro del año en que se publique la correspondiente convocatoria.
• Poseer la aptitud psicofísica necesaria, que será acreditada mediante la superación de las pruebas que determina la Orden de 9 de abril de 1996 y sus modificaciones, con excepción de los ejercicios físicos que se realizarán de acuerdo con los criterios y marcas establecidos en el Apéndice II de la presente convocatoria.
• Estar en posesión o en condiciones de obtener, antes de que finalice el plazo de admisión de instancias, el título de Graduado en Educación Secundaria o tener titulación o estudios equivalentes o superiores a los señalados.
• Estar en posesión de los permisos de conducción clase A y clase B o superior, o en condiciones de obtenerlo en el plazo de presentación de solicitudes.
• Estatura mínima de 1'65 metros los hombres y 1'60 las mujeres

FUENTE: http://www.guardiacivil.es/quesomos/organizacion/personal/formacion/ingreso/docspdf/requisitos.pdf

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